¿Se pueden realizar asambleas durante esta pandemia? Esta ha sido una de las preguntas más solicitadas durante este año, ya que el hecho de estar tanto tiempo en casa con prohibiciones de salir y de juntarse con más personas producto al covid-19, nos ha traído la inquietud de si podemos o no realizar asambleas de copropietarios tal como estábamos acostumbrados.

La respuesta es sencilla. Tal y como ha ocurrido en todos los ámbitos, la situación ha cambiado para todos y por eso debemos adaptarnos a una nueva realidad y estilo de vida. En este contexto, lo mismo ocurre con las asambleas de copropietarios las cuales no pueden seguir realizándose tal y como lo hacíamos anteriormente, por lo que estas solo se podrán realizar dependiendo de la fase de desconfinamiento en que se encuentre el condominio y respetando el número de participantes que las autoridades han establecido.

Según señala el artículo 20 de la Ley de Copropiedad, para llevar a cabo las Asambleas Ordinarias y Extraordinaria de Copropietarios “Todo copropietario estará obligado a asistir a las asambleas respectivas, sea personalmente o debidamente representado”. Por lo tanto, la ley actual solo valida las asambleas presenciales y no virtuales, tal como señalamos en la nota “Asambleas virtuales en tiempo de crisis sanitaria: ¿se pueden realizar?”. Esto quiere decir, que se pueden realizar asambleas, únicamente respetando el número de asistentes según la fase de desconfinamiento que se encuentre la comuna del condominio. Es importante que si la comunidad tiene más participantes que los permitidos, los copropietarios otorguen un permiso simple para que otro los pueda representar.

A continuación te dejamos una infografía que te explicará cuándo y cómo realizar asambleas de copropietarios según la fase de desconfinamiento en la que se encuentre el edificio o condominio.

 

Descarga el archivo aquí para compartirlo.