¿Están los edificios asegurados contra socavones?

Un tercer socavón afectó al sector de Reñaca en el edificio Euromarina II, dando inicio a una evacuación preventiva de los residentes para resguardar su seguridad. 

¿Están los edificios obligatoriamente asegurados contra un socavón?

El artículo 43 de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria señala que el conjunto habitacional solo tiene la obligatoriedad de contratar un seguro colectivo contra incendios. Es opcional contar con otra póliza complementaria que proteja ante otro tipo de eventos como tsunamis, aluviones, lluvias u otros eventos naturales. 

¿Los seguros complementarios cubren socavones? 

Cada póliza es distinta y debe analizarse la cobertura de esta y también la naturaleza del inicio del socavón. Los seguros que cubren “riesgos de la naturaleza” cubren socavones siempre y cuando se generen por causas naturales. 

¿Qué otra medida preventiva se debe tener según la ley?

El artículo 40 de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria señala que “todo condominio deberá tener un plan de emergencia ante siniestros o emergencias tales como incendios, terremotos, tsunamis u otros eventos que puedan dañar a las personas, a las unidades y/o a los bienes de dominio común del condominio”. 

Si aún no tienes plan de emergencia cotízalo aquí.