Actualízate sobre el Registro Nacional de Administradores

Descubre todo lo que necesitas saber sobre los aspectos relacionados con el Registro Nacional de Administradores, que está en proceso de habilitación por parte del MINVU

Descubre todo lo que sabemos hasta ahora: recomendaciones, requisitos para el registro, detalles del proceso y fecha de implementación.

¡Entérate de todo aquí!

¿Qué es el Registro Nacional de Administradores?

Todas las personas naturales o jurídicas que desarrollen la actividad de Administradores de condominios deberán registrarse en el Registro Nacional de Administradores, cumpliendo así con el Art. 82 de la Ley de Copropiedad 21.442 (Chile, 2022.).

Este requisito será obligatorio y deberá realizarse a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo MINVU, para poder ejercer la función de administrador o subadministrador en cualquier ciudad del territorio nacional.

Actualmente el MINVU está desarrollando la plataforma online para que los Administradores de edificios y condominios se registren, a los fines de regular la gestión que realizan dentro de la propiedad comunal.

¿Cuál es la finalidad del registro?

El objetivo fundamental del Registro de Administradores de edificios y condominios es regular, supervisar y hacer seguimiento a comunidades y administradores para que desarrollen sus actividades de forma eficaz y correcta, en beneficio de la vida en comunidad.

Llevar un registro de los Administradores podrá salvaguardar el orden, la actividad y la profesionalización del sector. Además, brindará seguridad y transparencia, no tan solo para quienes demanden los servicios de un administrador, sino para los mismos que estén dentro de dicho registro.

Conoce los requisitos para inscribirse

En el caso de los Administradores a título oneroso, es decir, que reciben alguna contraprestación por el servicio que realizan:

No deben haber sido condenados por alguno de los delitos contemplados en los Títulos VIII y IX del Libro Segundo del Código Penal (Chile, 1874).

Demostrar certificado de enseñanza media.

Haber aprobado un curso en materia de administración de condominios, impartido por una institución de educación superior del Estado u otro organismo acreditado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo SENCE.

Y si el Administrador es una persona jurídica, uno de los socios o el representante legal debe cumplir con los requisitos arriba mencionados.

Conoce los requisitos para inscribirse

En el caso de los Administradores a título oneroso, es decir, que reciben alguna contraprestación por el servicio que realizan:

No deben haber sido condenados por alguno de los delitos contemplados en los Títulos VIII y IX del Libro Segundo del Código Penal (Chile, 1874).

Demostrar certificado de enseñanza media.

Haber aprobado un curso en materia de administración de condominios, impartido por una institución de educación superior del Estado u otro organismo acreditado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo SENCE.

Y si el Administrador es una persona jurídica, uno de los socios o el representante legal debe cumplir con los requisitos arriba mencionados.

Si deseas desempeñarte como Administrador de Edificios y Condominios, es importante que tengas en cuenta lo siguiente:

Toda persona que desee realizar labores de Administración de edificios o condominios debe tener conocimiento de las normas y procedimientos básicos de seguridad, entre ellas:

Plan de emergencia y Evacuación de Edificio y Condominios.

Normativa Legal y Reglamento de Copropiedad.

Contratación de seguros y demás preceptos sobre seguridad del condominio y mantención de sus instalaciones.

Normativa laboral y previsional aplicable al personal del condominio.

Administración financiera, rendición de cuentas y el cobro de gastos comunes, demás obligaciones económicas.

Conocimiento y manejo de Habilidades blandas para la resolución de conflictos.

Si deseas desempeñarte como Administrador de Edificios y Condominios, es importante que tengas en cuenta lo siguiente:

Toda persona que desee realizar labores de Administración de edificios o condominios debe tener conocimiento de las normas y procedimientos básicos de seguridad, entre ellas:

Plan de emergencia y Evacuación de Edificio y Condominios.

Normativa Legal y Reglamento de Copropiedad.

Contratación de seguros y demás preceptos sobre seguridad del condominio y mantención de sus instalaciones.

Normativa laboral y previsional aplicable al personal del condominio.

Administración financiera, rendición de cuentas y el cobro de gastos comunes, demás obligaciones económicas.

Conocimiento y manejo de Habilidades blandas para la resolución de conflictos.

Con el objetivo de apoyar la inscripción al Registro Nacional de Administradores, Edifito ofrece un curso virtual gratuito de administración de edificios y condominios. Este curso tiene como finalidad mejorar las habilidades y ampliar los conocimientos en gestión de condominios, técnicas de marketing, aspectos legales de la administración y otros temas relevantes para los actuales y futuros Administradores. Además, brindamos la opción de obtener certificaciones acreditadas por CERTHIA y avaladas por el SENCE, un organismo técnico del Estado de Chile, para respaldar su formación y experiencia.

La función de los Administradores de edificios o condominios es de suma importancia, por eso se incorporó en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria 21.442 el Registro, de manera pública, gratuita y obligatoria, a cargo del MINVU, lo que permitirá a las comunidades elegir administradores calificados para la ardua tarea que realizaran.

¿Cuándo será obligatoria la inscripción al Registro Nacional?

Según lo estipulado por la Ley, la inscripción en el Registro Nacional se llevará a cabo mediante una plataforma digital designada por el MINVU. Esta plataforma será responsable de mantener la información actualizada, incluyendo los datos de los administradores y los condominios en los que brindan servicios, las sanciones aplicadas y los cambios de incorporaciones y retiros en el Registro Nacional.

El plazo de funcionamiento del Registro Nacional está dado por las disposiciones transitorias de la ley que señala: que desde la publicación y hasta la entrada en vigor del reglamento del Registro Nacional de Administradores de Condominios, quienes estaban ejerciendo labor de administradores, podrán seguir haciéndolo siempre y cuando acrediten una antigüedad mínima de tres meses en el cargo.

Al momento de ser aprobada por completo la nueva Ley, este registro tendrá un plazo de 12 meses, como una “transición” para que los Administradores puedan tener un tiempo que les ayude a regularizar todos los requerimientos o documentación necesaria.

Con la implementación del Registro Nacional de Administradores, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo de Chile busca asegurar una gestión eficiente y transparente en la gestión de condominios y propiedades, protegiendo los derechos de los propietarios y garantizando un mejoramiento en la calidad de vida de las comunidades de viviendas en el país.

Próximamente, se espera que el MINVU lance la página web oficial para que todos los administradores del área puedan registrarse, en cumplimiento con lo establecido en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria 21.442 (Chile, 2022)

Mantente informado con las últimas actualizaciones de nuestro blog y si necesitas mayores detalles para formarte como Administrador, no dudes en escribirnos a contacto@edifito.com o envíanos un mensaje por Whatsapp al +56 9 4237 2344, con gusto nuestros asesores te atenderán.

Escrito por: LAC.-