La nueva ley de arriendo 21.461, se promulgó el 30 de junio del 2022 y pretende poner fin a las malas prácticas en este rubro, entregando más posibilidades y mayor seguridad, tanto para quienes arriendan un inmueble como para aquellos que quieren comprar una vivienda de inversión.

Pues, arrendar una propiedad es una tarea compleja, las corredoras de propiedades o los dueños directos piden un listado no menor de documentos con el fin de resguardarse a la hora de comenzar y/o terminar los contratos. Precisamente, porque hay muchos casos que salen a la luz pública sobre personas que deben varios meses de arriendo y no se quieren ir de la propiedad, o que se van y dejan impagos muchos meses de gastos comunes.

Dicha ley fija el proceso de arriendo a predios urbanos y además incluye “medida precautoria de restitución anticipada de inmuebles, estableciendo un procedimiento de monitoreo de cobro de rentas de arrendamiento”. Con esto “se aumentará la seguridad en los pagos de arriendos, y también se entregará respaldo a quienes arriendan un inmueble, promoviendo las buenas prácticas en ambos sentidos”, explica nuestro Gerente Comercial, Gonzalo Cortés Donoso.

De esta manera, se agilizarán las notificaciones para quienes deban ser desalojados por no pago y a su vez quedará estipulada la forma de devolución de la garantía, cuyo monto no deberá superar el equivalente a dos meses de arriendo. “Esta ley será exitosa sólo en el caso de que sea equitativa para ambos lados, porque darle seguridad sólo a una de las parts, no es lo ideal en este negocio”, explica Guillermo Márquez, nuestro Gerente de Tecnología.

Detalles de la nueva Ley

La modificación a la ley de arriendos tiene como propósito modernizar la normativa. Con esta iniciativa, se busca poner fin a los abusos de morosos que no pagan el alquiler de las viviendas que habitan a través de un marco regulatorio simétrico entre arrendatarios y arrendadores.

Este escenario, que entre otras cosas, apura los juicios de arrendamiento y da 10 días a la justicia para pronunciarse tras la última audiencia, podría generar incentivos a que un mayor número de actores participen de la industria del arrendamiento. Ello, porque de aprobarse la iniciativa, los expertos coinciden que entregará más posibilidades y mayor seguridad, tanto para quienes arriendan un inmueble como para quienes piensan adquirir una vivienda para inversión.

“Según indica el proyecto de Ley, los dueños de las propiedades van a estar más protegidos y no se generarán situaciones de ocupación ilegal. Al mismo tiempo, la relación arrendador-arrendatario, va a ser más equilibrada y transparente, lo que representa una señal positiva para el mercado. Es esperable que a través de esta modificación legislativa, los inversionistas institucionales estén dispuestos a invertir en activos de renta residencial a tasas de descuentos más bajas”, explica el abogado Cristián Rojas, experto en este tipo de casos y que trabaja con varias corredoras de propiedades capitalinas.

Así, se establecerá una protección para los arrendatarios, “y las viviendas deberán cumplir con el estándar que exige la ordenanza general de urbanismo y construcciones, con multas de no cumplimiento entre cinco a 100 UTM ($250 mil aprox. a $5.000.000 aproximadamente)”, agrega Rojas.

Por otro lado, el abogado detalla que las garantías en los contratos de arrendamiento no podrán ser superior a dos rentas mensuales y deberán ser restituidas dentro de los 60 días a partir de la restitución del inmueble ya que de realizarse descuentos en su devolución, deberán justificarse y documentar los gastos que lo motivaron.

Al respecto, Marquez dice: “Considero que los elementos más importantes de esta nueva ley tienen relación con el acortamiento de los plazos de los juicios (calculándose 3 meses como máximo en juicios que antes podían durar años) y con la prohibición del subarriendo, a menos que esté en el contrato”.

Asimismo, agrega que “las propiedades cada día tienen un valor más alto, por lo tanto, el arriendo es y será una forma importante de acceder a la vivienda. En efecto, hoy, cerca del 25% de las viviendas está arrendada. Muchas veces reclamamos que las autoridades están lejos de los problemas de las personas, pero en este caso, se está resolviendo un conflicto muy antiguo y que muchas veces era invisible. Esta ley viene a poner justicia al infierno en que se convierten estos casos, donde por vacíos legales la ley desfavorecía al dueño, permitiendo que el arrendatario pudiera estar años sin salir del inmueble. Muy bien por las personas y por las autoridades que están por fin, poniendo foco a los problemas reales de las personas”, comenta Cortés.

Desde Edifito, recomendamos a los propietarios monitorear el pago de los servicios básicos y de los gastos comunes de sus propiedades, porque los atrasos en dicho pago, puede ser un indicador de que el arrendatario tiene problemas económicos y corre el riesgo de dejar de pagar el arriendo. 

Con nuestra herramienta, el propietario puede estar informado y tomar las medidas preventivas oportunamente, antes de acumular una deuda en los gastos comunes de la unidad arrendada.

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